Neighborhood Legal Services, Inc.


Asistencia Pública Y Embargos Preventivos
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¿Qué es un Embargo Preventivo (LIEN)?

    Un embargo preventivo es una reclamación en contra de una propiedad que pudo ser utilizado para reembolsar una deuda.

¿Es verdad que si soy dueno de mi propio hogar, se me solicitará firmar un embargo preventivo antes de recibir asistencia pública?

    Sí, el Departamento de Servicios Sociales (DSS) le hará firmar un embargo preventivo. Ellos hacen esto para asegurarse que cuando su casa es eventualmente vendida o transferida, a ellos les será reembolsado por cualquier asistencia que le hayan brindado a usted.

¿Perderé mi casa si firmo un embargo preventivo?

    No. Mientras usted o su esposo(a) viva en su casa, el DSS no tiene derecho a venderla u obligarlo a mudarse.

    Pero cuando su casa es vendida o transferida, al DSS se le debe pagar por la asistencia que le brindó. Usted puede conservar cualquier dinero sobrante despues de reemborsarle a ellos.

¿Qué sucede con el embargo preventivo después de yo firmarlo?

    El DSS somete el embargo preventivo a la oficina del Secretario del Condado.

¿Me ayudará el DSS a pagar los costos por ser propietario de mi hogar mientras estoy en asistencia pública?

    Sí. El DSS debe pagarle una asignación de vivienda hasta una cantidad máxima permitida para ayudarlo a pagar por algunos de los costos por ser dueño de su hogar. Si usted necesita información acerca de la asignación para vivienda, sientase en la libertad de llamar a nuestra oficina.

¿Qué sucedería si me niego a firmar un embargo preventivo?

    El DSS no le brindara asistenciá a usted o a su esposo; pero si usted tiene hijos en su unidad familiar, el DSS debe brindarle asistencia a sus hijos.

¿Cuando yo no necesite más asistencia pública, puedo salir del embargo preventivo?

    Sí. Pero debido a que el procedimiento es algo complicado, le sugerimos que contacte un abogado privado para ayuda.

¿Qué sucede si el DSS me hace trabajar para poder recibir asistencia pública o SSI?

    La ley en esta área ha cambiado. Si usted tiene preguntas, por favor llámenos.

¿Tengo que firmar un embargo preventivo para poder recibir Cupones de Alimentos?

    No.

¿Tengo que firmar un embargo preventivo para poder recibir Medicaid?

   Generalmente, no. Pero si usted es envejeciente, reglas especiales pueden aplicar. Llámenos en este caso.

¿Qué debería hacer si tengo otras preguntas acerca de embargos preventivos?

   No repare en llamarnos.

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